martes, 15 de enero de 2008

Que es el BioComechingones ?

QUÉ ESTAMOS CONSTRUYENDO:

El Corredor Biocomechingones será un Área Habitada pero Natural y Protegida (AHNP) que abarca Villa de Merlo, Carpintería, Los Molles, Cortaderas, Villa Larca, Papagayos y Villa del Carmen (y esperamos la integración de La Punilla).

Un AHNP es una figura innovadora en la Argentina qué busca recuperar, proteger y conservar los patrimonios ambientales (naturales y paisajísticos) y culturales de la región.

Esto es un espacio que requiere una planificación consensuada para que se desarrollen todas las actividades convenientes para las comunidades actuales y futuras y apunten a ofrecer la mejor calidad de vida para los vecinos.

PORQUÉ LO ESTAMOS CONSTRUYENDO :

El importante crecimiento del turismo y de igual manera el fuerte aumento de la población en la región son noticias importantes y ello produce ciertos desequilibrios tales como:

· Presión inmobiliaria,

  • Dificultades en el abastecimiento de los servicios básicos,
  • Peligros para el ambiente y el paisaje,
  • “Transculturización” y riesgo en la pérdida de identidad,
  • Desarraigo rural y

· Imposibilidad de respuestas individuales adecuadas por la escasa estructura de cada municipio.

Por lo expresado la única solución posible debe ser dada en conjunto.

Para ello son fundamentales los acuerdos alcanzados en 2003 y 2007 (éste último revalida y amplia el primero) por los señores Intendentes, que confirman la voluntad política de los mismos.

PORQUÉ LOS MUNICIPIOS:

Porque son los primeros responsables de lo que sucede a diario en sus territorios y por ello desde el año 2002, a partir de la iniciativa del de Villa de Merlo, han asumido todas estas responsabilidades ya que este es un proyecto esencialmente local – regional.

PORQUÉ LA PROVINCIA:

Es obvio que resulta imprescindible el contar con la participación provincial en el proyecto. Hay razones institucionales, de jurisdicción, legales y de todo tipo que así lo determinan.

Igualmente necesarios son una serie de consensos sobre el territorio y los aportes provinciales que las poblaciones y autoridades locales requieren, desde lo económico, hasta lo técnico y comunicacional.

Por otra parte la experiencia del Biocomechingones resultará de suma utilidad para poder ser replicada en otras regiones de San Luis.

Finalmente lo que es altamente deseable es la consolidación de la integración del Gobierno de la Provincia (áreas ejecutivas y legislativas) al proyecto.

PORQUÉ LA NACIÓN:

La Secretaría de Turismo de la Nación fue la primera institución que se interesó en el proyecto y nos conectó inmediatamente con la Administración de Parques Nacionales (APN).

A partir de todo ello se genera el acercamiento “APN + Biocomechingones” con Francia, lo que ha resultado vital para el proyecto.

Por otra parte la consolidación de nuestro Corredor podrá permitir su inclusión en el Sistema Federal de Áreas Protegidas de Argentina.

La SECTUR aumentó su apoyo hacia el proyecto a partir del “Plan de Turismo Sustentable 2005 – 2016”, ya que el Corredor Biocomechingones quedó identificado como uno de los pocos del territorio nacional como de Prioridad 1 y además lo ha calificado como “una iniciativa de excelencia y digna de ser replicada en otros lugares del país”.

También la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación ha comprometido su apoyo, particularmente en el tema de tratamiento de los residuos sólidos urbanos.

PORQUÉ FRANCIA (*):

Hacia fines de la década del 60 Francia aprecia dos señales importantes: el crecimiento del turismo y el éxodo de la población rural y responde a ello con diversos procesos que finalmente y a grandes rasgos, se ordenan en la construcción y actual existencia de 45 Parques Naturales Regionales, algunos de ellos con 40 años de vida.

Estas figuras de los PNR consisten en espacios territoriales muy bien planificados y ordenados y cuentan, por un lado con superficies que son reservas intangibles y por otro, con ciudades y pueblos completos dentro de ellas.

El intercambio de experiencias del Corredor Biocomechingones es con el Parque del Vercors, ubicado en la Región de Rhone Alpes, segunda provincia en importancia de Francia.

Como el resto de los parques, el Vercors tiene su propia marca regional; éste es un sello de calidad que beneficia a productores y prestadores de servicios que son capaces de obtenerlo y mantenerlo.

El presupuesto anual del Vercors (cubre 186 mil hectáreas) es algo superior a los 3 millones de euros (unos 13 millones de pesos) y su financiamiento es cubierto en un 90 % por la provincia y los departamentos y en un 10 % por los 72 municipios que lo integran y ciudades aledañas que lo disfrutan.

PORQUÉ OTRAS INSTITUCIONES:

La participación de profesionales, técnicos, científicos, ONGs, cámaras y asociaciones intermedias (fundamentalmente vinculadas a ambiente, turismo, planificación territorial) son otra “pata fundamental” para viabilizar el proyecto.

También se requiere el apoyo académico y por ello están colaborando informalmente la Universidad Nacional de San Luis y el Instituto Monseñor Orzali de Merlo. La idea es a la brevedad suscribir sendos convenios de colaboración con ambos.

Y eventualmente podremos recurrir a otras instituciones similares que estén dispuestas también a otorgarnos apoyo.

PORQUÉ LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

En el mundo existen muchas fuentes de financiamiento públicas y privadas, que pueden convertirse una fuerte ayuda para estos proyectos, tales como las vinculadas a Naciones Unidas y a la Unión Europea y fuertes Fundaciones Internacionales. También entidades financieras como los Bancos Mundial e Interamericano de Desarrollo cuentan con dinero para estos emprendimientos.

La gestión requerida es más compleja que fácil, pero de ninguna manera es imposible.

PORQUÉ LOS VECINOS:

La participación de las comunidades locales, o sea de los pobladores de los municipios que integran el Corredor Biocomechingones es indispensable.

Desde la gestión municipal pudo avanzarse notablemente desde la imaginación del proyecto hasta su actual situación, podrá consolidarse la participación provincial y ratificarse la nacional, podrá Francia seguir colaborando estrechamente y las entidades intermedias incorporarse adecuadamente y hasta podrán conseguirse los fondos necesarios para la tarea iniciada.

Pero más que todo ello es fundamental que los vecinos se acerquen, participen y se involucren fuertemente para completar y mejorar el contenido del proyecto.

Sin ello el proyecto corre el riesgo de resultar sólo una bonita maqueta.

Se requiere eso sí, pensar primero en el bien común de la sociedad regional toda y en la conveniencia general, de allí decantarán los beneficios sectoriales y particulares.

De tal manera cada uno también debe asumir su rol, su responsabilidad y su esfera de decisión

En definitiva el aporte más necesario e importante que espera el Corredor Biocomechingones lo debe dar la SOCIEDAD CIVIL ORGANIZADA.

ACTUALMENTE:

Estos proyectos son largos y complejos, debemos ser pacientes, pero también dar señales de acción, por ello en 2007 estamos trabajando fuerte en seis aspectos:

  • La consolidación institucional y el financiamiento,
  • La difusión del proyecto para posibilitar la activa participación de la sociedad civil,
  • La señalización unificada del Corredor Biocomechingones,
  • Una campaña de concientización ambiental,
  • El tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos
  • El ordenamiento territorial, comenzando por la legislación de áreas protegidas
  • El trazado y demarcado de senderos y
  • La construcción de una marca regional de identificación y calidad para ser utilizada por productores y prestadores de servicios de la región

Rodolfo Raffo

--o—o—

PARA MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL PROYECTO:

Coordinador del Proyecto: Rodolfo Raffo

Cel: 02652-15632295 - EMAIL: rodolforaffo@merlo-sl.com.ar

Asesor Cooperación Descentralizada: Alexandre Gorse

Cel: 02652-15314516 – EMAIL: alexandre.gorse@hotmail.fr

___________________________________________________________________________________

COLABORACIONES:

Los Municipios de Carpintería, Cortaderas, Los Molles, Papagayos, Villa del Carmen, Villa Larca y Villa de Merlo agradecen el apoyo de:

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES; GOBIERNO NACIONAL

COOPERACIÓN DESCENTRALIZADA; FRANCIA

FEDERACIÓN DE PARQUES NATURALES REGIONALES DE FRANCIA

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE; GOBIERNO PROVINCIA DE SAN LUIS

INSTITUTO MONSEÑOR ORZALI

INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS DE AMÉRICA LATINA; FRANCIA

PARQUE NATURAL Y REGIONAL VERCORS; FRANCIA

PROGRAMA DE ASUNTOS MUNICIPALES; GOBIERNO PROVINCIA DE SAN LUIS

REGION RHÔNE ALPES; FRANCIA

SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE; GOBIERNO NACIONAL

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL, GOBIERNO NACIONAL

SECRETARÍA DE TURISMO; GOBIERNO NACIONAL

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS

VICEGOBERNACIÓN; PROVINCIA DE SAN LUIS

________________________________________________________________

(*) PARA MAS INFORMACION SOBRE LOS PNR DE FRANCIA :

Fed. de Parques Naturales Regionales: www.parcs-naturels-regionaux.tm.fr/fr/accueil y

Parque Natural Regional Vercors: www.pnr-vercors.fr/

--o—o--

viernes, 11 de enero de 2008

Cooperacion entre APN y los PNR de Francia










La cooperación con los Parques Naturales Regionales de Francia: “El Corredor Bio-Comechingones como una experiencia piloto para analizar la factibilidad de implementar la Cooperación entre APN y los PNR de Francia”.


Informe realizado por Francisco López Sastre

Asesor del Honorable Directorio de APN y
Encargado de la cooperación con la Federación de Parques Naturales Regionales de Francia
Administración de Parques Nacionales de Argentina


Indice

I Agradecimientos

II Los Parques Naturales Regionales de Francia

III La cooperación con la Federación de Parques Naturales Regionales

IV Corredor Bio-Comechingones, Provincia de San Luis

V “El PNR del Vercors”: Un parque natural regional francés con vocación a ser la contraparte del proyecto Bio-Comechingones:

VI Ejes de cooperación entre APN, la Federación de Parques Naturales Regionales de Francia y el Corredor Bio-Comechingones

VII Conclusiones

VIII Perspectivas 2006 / 2007 de la Cooperación




I Agradecimientos

Ing. Agr. Héctor M. ESPINA, Presidente del Directorio de la Administración de Parques Nacionales; Sr. Pedro Darío RAMIREZ, Director del Parque Nacional Quebrada del Condorito; Lic. Lucia RUIZ, Directora de la DRC; Sr. Joël LEBAIL, Agregado de Cooperación Científica y facilitador de los intercambios con la Embajada de Francia: Sr. Leo MONTENEGRO, Director del Parque Nacional Perito Moreno; Sr. Carlos ZORATTI, Director del Monumento Natural Bosques Petrificados; Sr. Augusto SANCHEZ, Guarda parque del Parque Nacional Lanin; las representante de la Delegación Regional Centro, Lic. Evangelina NATALE, Valeria RODRIGUEZ y el guarda parque Gustavo SERRANO; Intendente de Villa de Merlo, Sr. Sergio Luis GUARDIA; Intendente de Villa Larca, Sra. María Inés Arias de VILCHEZ; Intendente de Papagayos, Sr. José Luis GAUNA; Intendente de Cortaderas, Sr. José Ricardo D’ANDREA; Intendente de Los Molles, Sr. Héctor Aurelio URQUIZA; Intendente de Villa del Carmen, Sra. Maria del Carmen PORTELLO; la representante de la localidad de Carpintería, Sra. Julia ARIAS DEL VALLE; Secretario de Turismo de Villa Merlo, Sr. Rodolfo RAFFO; Director de Ambiente de Villa Merlo, Sr. Alejandro SUYAMA; Coordinador General de Turismo de Los Molles, Sr. Gabriel Eduardo MAGNAGO; Asesora de Turismo de Cortaderas, Sra. Estela Maris CUELLO y a todos aquellos pusieron parte de su tiempo a mi disposición para poder llevar adelante este trabajo.


II Los Parques Naturales Regionales de Francia

Francia se caracteriza entre los países europeos por poseer una importante superficie de áreas rurales, como así también de áreas de alto valor natural y cultural. Estas zonas, sin embargo, enfrentan problemas serios de presión con respecto a la urbanización, el turismo de masa y de grandes proyectos de infraestructura, que en solamente algunos años podrían destruir los paisajes y tradiciones locales.

Para enfrentar esto, los gobiernos locales trabajan mancomunadamente con el gobierno nacional para implementar el desarrollo sustentable a escala local sobre la base de un proceso contractual innovador donde la protección del patrimonio natural va de la mano del desarrollo local.

Un Parque Natural Regional (PNR) se estructura en base a un proyecto local, previsto para asegurar la protección, la gestión y el desarrollo racional del territorio. Su puesta en ejecución es realizada por una organización democrática que representa todas las instancias administrativas y políticas locales, es decir, las regiones (provincias), los departamentos y los municipios, así también como del gobierno nacional, que debe tener intervención como ultima instancia en el proceso de creación de un PNR. Este compromiso intersectorial e interinstitucional es revisado periódicamente, y cada diez años es sujeto a evaluación nacional, bajo riesgo de perder su categoría de PNR.

III La cooperación con la Federación de Parques Naturales Regionales

La Federación de Parques Naturales regionales de Francia (FPNR) se creó en noviembre de 1971. La federación es el portavoz de la red de los parques naturales regionales. Es una estructura del diálogo entre los PNR y con otros espacios protegidos franceses e internacionales.

Ella es también el centro donde los PNR comparten sus experiencias, iniciando deliberaciones comunes, mientras que por su lado, la Federación coloca a su disposición las herramientas específicas para ayudarles a realizar sus misiones.

La FPNR es la encargada de concientizar a la población sobre el concepto PNR y brindar la información al público a través de la publicación de ediciones y la organización de acciones nacionales de la comunicación y de la Cooperación Internacional. Existen iniciativas de cooperación en Sudamérica entre la FPNR, Brasil y Chile

En el marco de las Jornadas Nacionales 2004 de los Parques Naturales Regionales de Francia, realizadas en la Guayana francesa desde el 13 al 21 de Octubre 2004, se firmo un Convenio Marco de Cooperación (« Protocolo de Acuerdo ») entre la Administración de Parques Nacionales de Argentina y la Federación de Parques Naturales Regionales de Francia.

El Protocolo de Acuerdo firmado entre el Sr. Presidente de APN, Ing. Agr. ESPINA y el Presidente de la FPNR, Sr. Jean-Louis JOSEPH tiene por objeto la puesta en marcha de intercambios institucionales y técnicos que contribuyan a reforzar los principios y practicas de desarrollo sustentable en los Espacios Naturales Protegidos argentinos y franceses.

En función de los primeros intercambios, fueron identificados los siguientes temas de cooperación:

· Gobernabilidad ambiental: el enfoque participativo
· Turismo Sustentable
· Puesta en valor y gestión del patrimonio cultural
· Puesta en valor de la producción local, la « Marca PNR »


IV Corredor Bio-Comechingones, Provincia de San Luis: Una experiencia piloto en Argentina para analizar a escala local, la factibilidad de implementar la Cooperación entre APN y los Parques Naturales Regionales de Francia.


El 29 de abril del año 2004 el Presidente del Directorio de la Administración de Parques Nacionales, Ing. Agr. Héctor M. Espina y los Señores Intendentes de las Municipalidades de Villa de Merlo, Carpintería, los Molles, Cortaderas, Villa Larca y Papagayos firmaron un convenio de asistencia técnica-científica y de monitoreo para el desarrollo y manejo del “Corredor Bio-Comechingones”.

El proyecto presenta a varios aspectos innovadores que nos permiten considerar este proyecto como territorio propicio para ensayar la aplicación de algunas experiencias del enfoque “Parque Natural Regional” en nuestro país.

a) El proyecto fue concebido a petición y con el acuerdo de las autoridades Municipales locales.

b) El enfoque PNR intenta aportar nuevos métodos de funcionamiento inter-jurisdiccionales e inter-institucionales para favorecer la democracia participativa en la gestión de áreas protegidas.

c) La dimensión nacional del proyecto: El enfoque PNR puede favorecer el trabajo mancomunado de APN con las provincias, los municipios y los propietarios privados, consolidando así el Sistema Federal de Áreas Protegidas. Existen otros sitios pilotos interesados, como la Reserva de Biosfera de Las Yungas, la Comarca Los Alerces y el PN Lanin.

d) La proyección internacional: Es interesante también destacar que existen experiencias similares en Brasil y Chile, lo que podría llevar a crear un trabajo en red para compartir experiencias de gestión participativa de áreas protegidas.


V “El PNR del Vercors”: Un parque natural regional francés con vocación a ser la contraparte del proyecto Bio-Comechingones:

El territorio del Parque natural regional del Vercors

El Parque natural regional del Vercors es un macizo calcáreo vinculado al sur de los Alpes franceses. Su territorio de una superficie de 186 000 hectáreas incluye 68 comunas repartidas en dos provincias (Drôme e Isère), 100 000 hectáreas están cubiertas por bosques, siendo la parte sur la más escarpada. En sus mesetas se creó en 1985 una Reserva Nacional de 16 000 hectáreas.

Los 35 000 habitantes viven permanentemente dentro del territorio del Parque. En el ámbito turístico, el parque ofrece más de 80 000 camas de alojamiento, 1 000 Km. de pistas para el esquí de fondo y aproximadamente 90 pistas de esquí de montaña. El Parque asegura la señalización y el entretenimiento de más de 2 800 Km. de caminos de "trekking" o rutas tanto pedestres como ecuestres.


Metas y programas de acciones del PNR del VERCORS

El parque del Vercors tiene tres grandes misiones:

1. La preservación y gestión de los recursos naturales y paisajísticos
2. La valorización del patrimonio turístico, cultural y de la arquitectura local
3. La colaboración estrecha, implicando la población, con los diferentes interlocutores económicos.


VI Ejes de cooperación entre APN, la Federación de Parques Naturales Regionales de Francia y el Corredor Bio-Comechingones


A. La “Carta de territorio”:

Este es uno de las acciones demandadas en carácter prioritario por los Intendentes de Bio-Comechingones.
La « Charte» es el contrato elaborado entre todos los municipios, que cristaliza el proyecto de conservación y de desarrollo del territorio.
La « Carta» establece las metas para el parque, el esquema general de las acciones necesarias para alcanzarlas y los medios para poner esas acciones en ejecucion. La carta instituye las responsabilidades libre-negociadas de todos los signatarios de la carta.
Los signatarios de este verdadero « plan de desarrollo sustentable » se comprometen por un período de diez años. Cuando el periodo de diez años finaliza, un procedimiento de revisión examina el parque y evalúa si el PNR merece o no la renovación de su carta, de ser así, otra carta debe ser confeccionada a través del proceso participativo y se establecerán los objetivos para el período de diez años próximo. Vale aclarar que existen antecedentes de Parques que perdieron su categoría de tal al cabo de esta evaluación.


B. La conservación de la Biodiversidad desde la óptica de la “Ínter municipalidad”:

Trabajar en Ínter municipalidad es trabajar alrededor de un proyecto de territorio y con una visión común del futuro de este territorio.

La experiencia francesa en esta materia en muy rica y podrían adaptarse ciertas experiencias, proponiéndose instrumentos jurídicos, administrativos y técnicos para definir los territorios en cuestión y ponerlos en marcha.


C. La Cooperación Internacional Descentralizada:

La Cooperación Internacional Descentralizada permite el intercambio de experiencias ágil y directo entre regiones de Argentina y de Francia.

Liderada por la Región Rhône-Alpes, en particular con el Parque Natural Regional del Vercors como operador técnico, esta cooperación podrá hacer intervenir a otros PNR de la Región, pero también a la FPNR, ya que toca a elementos nacionales de trabajo. Esta cooperación debe complementarse con los programas de conservación intermunicipales, puestos en marcha en Argentina.

Otras cooperaciones pueden establecerse entre otras Regiones francesas y otros proyectos en Argentina (por ej. Región Centro/Neuquén)

El apoyo de la Región podría comenzar con capacitaciones cortas en Francia, seguidos de misiones de asistencia técnica en Argentina, para acompañar los procesos en experimentación. Capacitaciones mas largas podrían organizarse posteriormente.

En una primera fase, la capacitación podría tener dos tipos de publico: (i) los funcionarios de APN y de las Provincias; (ii) los Intendentes y funcionarios municipales de los proyectos locales (por ej. del Corredor Bio-Comechingones).


D. La valorización de la Producción y Servicios a través de «La marca PNR»:

Se trata de una estrategia de desarrollo local apoyándose en la calidad de sus productos y en el conocimiento tradicional de sus procesos de elaboración. El PNR « Pantanal », Brasil, es prácticamente autofinanciado por este mecanismo, gracias al cobro de una tasa sobre la comercialización de ganado vivo, carne y cuero con la «marca Parque Natural Regional Pantanal ».

Dentro de este marco, la atribución de la marca a los productos, servicios y del conocimiento tradicional tiende a valorizar el desarrollo local. El valor agregado de la marca viene sobre todo de la garantía del origen local de los productos y servicios, de un proceso de elaboración sobre la base de normas amigables con el ambiente, de su autenticidad y de su dimensión humana


E. La consolidación del Sistema Federal de Áreas Protegidas de Argentina:

En nuestro país, la experiencia de los PNR franceses, puede servir para fortalecer las relaciones entre la Administración Nacional (APN), las Provincias y los Municipios, ya que mediante los PNR se pueden favorecer la cooperación con las áreas protegidas provinciales, reservas naturales privadas, reservas hidrológicas municipales, Reserva de Biosfera y otros tipos de áreas protegidas.
En este sentido, los Municipios alrededor de Espacios Naturales Protegidos Nacionales o Provinciales, podrían aplicar esta dinámica participativa y generar así un escenario de sustentabilidad en dichas zonas de amortiguamiento, mediante el dialogo participativo con las comunidades vecinas, generando alternativas de desarrollo que sean afines con la conservación de la biodiversidad.

Por otro lado, este enfoque puede ser útil para el trabajo entre varios municipios (ínter municipalidad) que deseen llevar adelante un proyecto conjunto de conservación y desarrollo.


VII Conclusiones:

Hoy existe una delimitación clara del contenido de la cooperación entre APN, la FPNR, el PNR del Vercors, la Región Rhône-Alpes y el Corredor Bio-Comechingones

El acuerdo político coloca las pistas de cooperaciones y las distintas misiones técnicas permitieron arribar a estas conclusiones:

1. Es remarcable el fuerte impulso otorgado por APN en favor de la conservación y la gestión de los espacios naturales más allá de las Áreas Protegidas Nacionales.

2. Se destaca la fuerte implicación de los Municipios en favor de la protección de la naturaleza y los recursos naturales, listos para desempeñar un papel pionero en conservación, es el caso de los municipios de la Sierra de los Comechingones.

3. Existe una voluntad de valorización turística, basada en los principios de desarrollo sustentable que se transluce en el plano nacional.

4 El espacio natural y su gestión a largo plazo puede fundar una buena articulación de los territorios y competencias entre el Estado Nacional, a través de la Administración de Parques Nacionales, las Provincias y los Municipios.

5. La dimensión participativa en el centro del proyecto de desarrollo de territorio. Esta voluntad fue expresada claramente por todos.


VIII Perspectivas 2006 / 2007 de la Cooperación

La contribución de los Parques naturales regionales de Francia, (llevada adelante entre APN y la Federación francesa), con el apoyo de las regiones francesas y en primer lugar de la región Rhône- Alpes puede concretarse en:

a) Elaboración de una “Carta de Territorio” en el Corredor Bio-Comechingones:

El Parque Regional del Vercors y otros parques de Rhône-Alpes, con el apoyo de la Región, prestaran apoyo metodológico a la elaboración de la carta de territorio y una asistencia a la formación del Jefe de proyecto local (un técnico que los actores locales deben designar, encargado controlar la animación y la elaboración de la carta) así como a la instauración de una estructura de gestión participativa. Es digno de destacar el apoyo que APN brindara a la elaboración de esta Carta de Territorio.

b). Acciones concretas que deben iniciarse:

En paralelo a la continuación de la reflexión sobre el proyecto de territorio (Carta) y la creación de una estructura de gestión, deben ponerse en marcha ciertas acciones concretas, lo que permitiría movilizar y unir en torno a uno o varios proyectos concretos (fácilmente realizables a corto plazo) a los Intendentes Municipales , los técnicos y las fuerzas vivas del territorio.

Por ejemplo:
- Instauración de una red de itinerarios de excursiones en torno a los municipios involucrados y a un itinerario Norte-sur que cruza el Corredor.
- Instauración de una descripción y de una guía cartográfica que valoriza los lugares paisajistas, naturales y culturales.
- Realización de un inventario patrimonial del territorio (creación de un observatorio),
- Instauración de un programa de información y sensibilización de las poblaciones locales

c)- Acciones planificadas para el año 2006 y 2007

La cooperación entre APN, los Municipios de la Sierra de Comechingones, la Región Rhône-Alpes y el Parque del Vercors podrían así referirse a los dos siguientes aspectos:

Año 2006

Formación y apoyo a la elaboración de la carta de Territorio

– Formación del Jefe de proyecto (mayo de 2006)
î 15 días de formación en el Parque del Vercors (8 días) y 2 otros parques de Rhône-Alpes que deben definirse (7 días).
(carta, plan de parque, programa plurianual, estructura de gestión)
­ Planteamiento de trabajo y animación
­ Asociación de los protagonistas locales (planteamiento participativo)
­ Estructura de gestión
­ Definición de un programa de trabajo y de un calendario (hoja de ruta)
– Apoyo metodológico (noviembre de 2006)
î Desplazamiento de un Director de PNR en Argentina (8 dias)
­ Apoyo al jefe de proyecto
­ Seguimiento del desarrollo del planteamiento


Asistencia técnica “sendas”:

­ Asistencia técnica de un comisionado del Parque del Vercors (8 dias): apoyo a la creación la red de las sendas, definición de la descripción, proyecto de carto-guía, definición con los técnicos locales de un programa de trabajo y calendario (Julio/agosto de 2006).


Año 2007


­ Asistencia técnica “sendas” y de otras acciones concretas: 2 misiones de 8 días
­ Apoyo Carta de Territorio: 1 misión de 8 días

El presupuesto provisional de este programa será financiado por la Región Rhône-Alpes y el PNR del Vercors en el marco del convenio entre la FPNR y APN.

Los Parques Naturales de Francia












Los Parques Naturales Regionales de Francia

Francia se caracteriza entre los países europeos por poseer una importante superficie de áreas rurales, como así también de áreas de alto valor natural y cultural. Estas zonas, sin embargo, enfrentan problemas serios de presión con respecto a la urbanización, el turismo de masa y de grandes proyectos de infraestructura, que en solamente algunos años podrían destruir los paisajes y tradiciones locales.

Para enfrentar esto, los gobiernos locales trabajan mancomunadamente con el gobierno nacional para implementar el desarrollo sustentable a escala local, sobre la base de un proceso contractual innovador donde la protección del patrimonio natural va de la mano del desarrollo local.

El enfoque “Parque Natural Regional” (PNR), es exclusivo de Francia y existe desde 1967.

Las misiones de un parque natural regional:

· Proteger el patrimonio natural y cultural ;
· Contribuir al uso racional de la utilización del suelo;
· Promover el desarrollo económico, social y cultural y mejorar la calidad de la vida de los habitantes;
· Impulsar el desarrollo de Turismo Sostenible, que permita administrar y superar los conflictos entre turismo y conservación del ambiente, asi como tambien promover a travez del mismo la educación ambiental;
· Conducir acciones experimentales o ejemplares en los campos antedichos y contribuir a los programas de investigación cientifica.

Los Parques Naturales Regionales franceses (PNR) tienen una organización colectiva para ayudarles a preparar y a poner sus planes de gestión en ejecución. La organización recluta a los directores del parque y a un equipo permanente, necesarios para perfeccionar y para poner en ejecución los planes y programas del parque. Los PNR tiene especialistas en una amplia gama de campos complementarios.

El organo ejecutivo esta conformado por los representantes gubernamentales, sobre todo por los Intententes Municipales.Pero debido a que se trata de una organización representativa del conjunto del territorio, se compone de funcionarios elegidos a nivel regional (provincias), de los municipios y de los organos legislativos locales implicado. En el caso en que un area protegida nacional este involucrada, tambien debera estar representada APN en esta organizacion.
Existe tambien un consejo de científicos, una comision de representantes de asociaciones locales y de los actores sociales y economicos del parque regional. Esto los compromete a poner el plan de acción en ejecucion.

El órgano administrativo contiene a partir de 15 a 30 personas que pueden ser empleadas permanentemente por los parques o ser asignadas por períodos limitados por las administraciones de gobierno local o nacional.

Biólogos, ecólogos, ingenieros ambientales, paisajistas, arqueólogos, ingenieros agrónomos, los especialistas del turismo sostenible, arquitectos y los especialistas en energía, son una muestra representativa de los diversos campos de especialización ejercidos en los parques.

La « Charte » de un Parque natural regional

Un parque natural regional se organiza alrededor de un proyecto comun previsto para asegurar la protección, la gestion y el desarrollo racional del territorio. Su puesta en en ejecucion es realizada por una organización democratica que representa todas las instancias administrativas y politicas locales, es decir, las regiones (provincias), los departamentos y los municipios, así tambien como del gobierno nacional, que debe tener intervencion como ultima instancia, avalando o no la creacion de un PNR.

Para ser declarado, un parque natural regional, debe contar con un patrimonio natural y cultural destacable. Los limites del parque regional son discutidas por todos los representantes locales de la sociedad civil y su delimitación final es determinada por los intendentes municipales, quienes ratifican la «Carta » propuesta del parque (documento constitutivo).

La « Carta Constitutiva » de un PNR es el contrato elaborado entre todos los municipios, que cristaliza el proyecto de conservación y de desarrollo del territorio.
Este instrumento contractual establece las metas para el parque, el esquema general de las acciones necesarias para alcanzarlas y los medios para poner esas acciones en ejecucion. La carta instituye las responsabilidades libre-negociadas de todos los signatarios de la carta. Los parques utilizan la legislación existente, incluyendo leyes sobre senalizacion, cartelerias y tráfico de vehículos 4X4 para hacer cumplir sus objetivos de la preservación de la naturaleza
Los signatarios de este « plan de ordenamiento territorial con fines de conservacion » se comprometen por un período de diez años. Cuando el periodo de diez años finaliza, un procedimiento de revisión examina el parque y evalua si el PNR merece o no la renovación de su carta, de ser asi, otra carta debe ser confeccionada a traves del proceso participativo y se estableceran los objetivos para el período de diez años próximo. Vale aclarar que existen antecedentes de Parques que perdieron su categoria de tal al cabo de esta evaluacion.

El rol del Gobierno Nacional es también importante, ya que posteriormente al proceso participativo de elaboración de la «Carta », es la administración nacional quien otorga, o no, el « Sello PNR ». Por lo tanto, la conclusión del proceso participativo del territorio es determinada con la declaración como parque natural regional por decreto nacional. En Argentina, podríamos pensar que seria la administración de parques nacionales quien podría tener autoridad para otorgar el certificado de " parque de natural regional".

Este « sello », es una marca registrada, que se utiliza para promover una imagen ambiental de la calidad del territorio y los municipios involucrados, basada en sus esfuerzos de preservar la naturaleza y de proteger el patrimonio cultural en el parque.

Que es la Carta Constitutiva de un Parque natural regional?

La carta de un Parque natural regional es el contrato que concreta el proyecto de protección y desarrollo sostenible elaborado para su territorio. Después de haber sido sometido a la participación pública, es aprobada por los municipios que constituyen el territorio del Parque, la (o las) Región (es) y Departamento (s) en cuestión, ademas de los actores locales (profesionales, asociativos, etc).

Ella fija los objetivos que deben lograrse, las orientaciones de protección, de desarrollo del Parque. Permite garantizar la coherencia y la coordinación de las acciones realizadas en el territorio del Parque por las distintas colectividades públicas. Tiene una validez de diez años, un procedimiento de revisión de la carta permite, habida cuenta de la acción del Parque, redefinir su nuevo proyecto y prorrogar su clasificación. Desde la ley de 13 de diciembre de 2000 relativa a la solidaridad y a la renovación urbanos (artículo 45), esta Carta se presentan a Audiencia pública.

Elaborada a partir de un diagnóstico del territorio realizado por el Parque, la carta implica:

El proyecto de protección y desarrollo de este territorio para los diez proximos años y las reglas del juego que se dan los socios para su puesta en marcha ;

El plan del Parque que declina las intervenciones previstas en función de las
particularidades del territorio;

Los estatutos del organismo de gestión del Parque, sus medios financieros y humanos;

Las instancias consultivas (Comité científicos, comisiones...) del
organismo de gestión;

Un programa de acciones provisional a tres años precisos y calculados;

El proyecto de convenio de aplicación de la carta por el Estado, a partir de la creación del Parque.

La CARTA de un PARQUE NATURAL REGIONAL : Un proyecto territorial...

La carta se elabora bajo responsabilidad de los Municipios en cuestión, por las autoridades electas y fuerzas vivas del territorio reunidos en un organismo de estudio local (asociación, sindicato mixto).

La elaboración de la carta es un trabajo de larga duración que se basa en:

- una visión compartida de lo que está en juego del territorio (diagnóstico),

- numerosas concertaciones y fases "ida y vuelta" que permiten una validación progresiva,

- una información de la población (reuniones públicas, cartas de información, etc).

- Aprobacion individualmente por los municipios, y por el conjunto de los socios...

El perímetro definitivo propuesto a la clasificación es definido por la aprobación individual de los municipios a la carta. También se consultan por la Región: el Departamento (s), las ciudades periféricas, los organismos públicos (Organismos Ambientales, Turisticos, etc) que, según los casos, serán miembros deliberando o
consultivos del organismo de gestión.

Es elaborada bajo la autoridad de los Municipios, con participación de la Región :

La Región, en concertación con los municipios del territorio predefinido y los Departamentos, lanzan el procedimiento de creación, definiendo por vía de deliberación previa el perímetro de estudio.

La Región, con los municipios del territorio predefinido, validan las distintas etapas del proyecto territorial, presentando la carta a audiencia pública, por lo tanto adoptan la misma de manera participativa y por deliberación , habida cuenta de la consulta local, para luegoantes de pedir al Estado (Nacion) la clasificación del territorio como « Parque natural regional ».

Aprobacion por el Estado (Nacion) :

Por medio de un decreto del poder ejecutivo, a propuesta de la Autoridad Ambiental competente (por ejemplo, en Argentina seria APN).

El decreto define el perímetro clasificado y materializa la aprobación de la carta por el Estado.

Asi se asocia al Estado a la elaboración de la carta:

- a través de sus organismos descentralizados a lo largo de la definición del proyecto de territorio,

- a través de los dictámenes que transmite a la Región y Municipios sobre el perímetro de estudio presentido y el anteproyecto de carta,

- en la consulta al Organismo competente antes de la clasificación (Por ejemplo : APN).

Un compromiso compartido

La Carta es un proyecto territorial que tiene un alcance jurídico entre las colectividades (Municipios) que aprueban la carta, la region y el Estado, quienes deben respetarlo en el ejercicio de sus competencias en el territorio clasificado "Parque natural regional" y a partir de ese momento todos los documentos de urbanismo deben ser compatibles con la Carta.

El nacimiento de un Parque natural Regional la Región constituye un expediente de candidatura que implica un diagnóstico del territorio, presentido el perímetro de estudio, las motivaciones de los protagonistas locales para la elección de un Parque natural Regional y el organismo de estudio encargado de animar la elaboración de la Carta.

El procedimiento de clasificación o renovación de clasificación es iniciado oficialmente por una deliberación justificada del Consejo Regional por la cual éste prescribe la elaboración o la revisión de la Carta, determina un perímetro de estudio y define las modalidades de la asociación a la elaboración o a la revisión de la Carta de las colectividades territoriales interesadas, de sus agrupaciones y otros socios interesados.

En cuanto se transmitió la deliberación que prescribía la elaboración o la revisión de la Carta al Prefecto de Región, éste define con el Presidente del Consejo Regional, o con el Presidente del organismo de gestión en caso de revisión, las modalidades de asociación del Estado a su elaboración o a su revisión.

Le da a conocer la lista de los servicios del Estado que deberá, a este respecto, asociarse a esta elaboración o a esta revisión.

Cuando el proyecto de Carta (o de Carta revisada), implicando el informe, el plan, y los Anexos 1 se acaban se transmiten,.4,.5, y 6, él al Prefecto de Región, que emite un dictamen justificado en los cuatro meses después de haber consultado el Ministro encargado del Medio ambiente, el cual habrá solicitado el dictamen del Consejo Nacional de Protección de la Naturaleza y la Federación de los Parques naturales Regionales de Francia.

Cronológicamente, el proyecto de Carta (o de Carta revisada) es:

El Presidente del Consejo Regional, después de haber tenido en cuenta los dictamenes previos, sujeto a consulta pública, dirige en consulta para acuerdo a los Departamentos territorialmente interesados, a los Municipios territorialmente involucrados , a las Agrupaciones y actores locales de estos ultimos, después de haber tenido en cuenta los resultados de la cosulta pública.

En el plazo de cuatro meses, el Consejo Regional aprueba la Carta y adopta el perímetro que se propondrá a la clasificación habida cuenta de los acuerdos recogidos.

Aprobada la Carta, acompañada de los acuerdos de las colectividades territoriales, de sus agrupaciones, los socios interesados y el expediente de audiencia, se transmite a continuación:

A la Autoridad del estado (Nacional) competente para dictamen, y a los Ministros encargados de las Colectividades locales, de las Finanzas y del Presupuesto, la Defensa, la Ordenación del territorio, la Agricultura, el Urbanismo, la Cultura, la
Industria, del Turismo así como a los otros Ministros eventualmente interesados.

Los dictámenes deben emitirse en los dos meses; a falta de respuesta en este plazo, los dictámenes se consideran favorables.

Las decisiones de clasificación, de renovación de clasificación o desclasificación se preceden en opinión del Consejo Nacional de la Protección de la Naturaleza y la Federación de los Parques naturales Regionales de Francia. A falta de respuesta en los dos meses, los dictámenes se consideran favorables.

Se adopta el proyecto de Carta y la clasificación es pronunciada por decreto tomado sobre informe de la Autoridad Ambiental competente, por un período de tiempo máximo de diez años renovable.

La Carta adoptada puede consultarse al Ministerio encargado del Medio ambiente, en las Prefecturas y Subprefecturas territorialmente afectado así como a las sedes del Consejo Regional y el organismo de gestión del Parque.


La revisión de la carta

¿Qué es la revisión de la Carta? La ley preve que la clasificación, por el Estado, de cada Parque, esté reexaminada cada diez años. La revisión de la Carta designa el conjunto de las gestiones e intercambios aplicados para preparar la renovación de la clasificación.

Este procedimiento concede un amplio lugar a la concertación y la consulta, constituye un tiempo muy para la acción del Parque. Permite hacer un balance y preparar, con todos, un nuevo proyecto futuro por diez años. La preparación de esta nueva Carta debe conducirse con los habitantes, teniendo en cuenta sus aspiraciones, y las de las autoridades electas y fuerzas vivas. Su participación es pues importante. Cada uno debe poder expresarse para proporcionar la materia a la preparación de esta nueva Carta que constituye una oportunidad para la poblacion local y su territorio.

Proyecto de revisión de la "Charte" del PNR del Verdon

En el momento de su creación el 3 de marzo de 1997, el Parque natural regional del Verdon se inscribía en las cinco misiones fundamentales inscritas en el código rural. Las distintas colectividades adherentes a la Carta habían deseado también poner a continuación tres objetivos prioritarios, es decir:

1 el recurso hidrico del Verdon: participar en la definición y en la puesta en marcha de una gestión y de una adaptación razonados y ejemplar de este recurso compartido por numerosos socios que se reúnen y se movilizan en torno a este objetivo.

2 el paisaje y el patrimonio natural: proteger y administrar el patrimonio natural y el paisaje ampliamente trabajado por el trabajo del hombre. El paisaje debe evolucionar. Constituye a la vez el reflejo de la actividad agrícola y forestal de ayer y hoy y también un activo para la actividad turística de mañana.

3 las actividades agrícolas, forestales y turísticas: garantizar un mejor equilibrio entre estas actividades complementarias por el mantenimiento de un tejido rural vivo y de las actividades agrícolas indispensables para el desarrollo de actividades turísticas que deben mejor distribuirse en el tiempo y en el espacio y más respetuosas de las dificultades del medio ambiente y la fragilidad de los medios naturales sobre los cuales ellas se desarrollo.

Estos tres objetivos prioritarios se inscribían siempre y se inscriben en grandes prioridades del territorio Verdon. Sin embargo, estos objetivos no dejaban un lugar suficiente a un aspecto esencial de la puesta en marcha de un proyecto de desarrollo sostenible dinámico y de su comprensión por el mayor número, es decir la democracia participativa.

Esta es la razón por la que esta Carta revisada se articula en torno
a tres ejes:

1. Colocar el Hombre al centro del proyecto de territorio

2. Conocer mejor y dar a conocer nuestros patrimonios, protegerlos y administrarlos duraderamente

3. Valorizar nuestros recursos en activos económicos y de calidad de vida


La CARTA del PNR de CORCEGA (1998-2008)

Los Parques naturales regionales son reconocidos mediante la ley de 8 de enero de 1993, y segun la cual, ellos son "un territorio al equilibrio frágil, al patrimonio natural y cultural rico y amenazado, siendo objeto de un proyecto de desarrollo, basado en la conservación y la valorización del patrimonio".

Colocar al hombre al centro de los Parques, participar e incitar a la construcción colectiva y solidaria proyectos, preservar y valorizar los recursos naturales y culturales para desarrollar la vida de los territorios, abrirse a los intercambios y a las asociaciones locales y externas, tales son las principales ambiciones de los Parques naturales regionales.

La carta del Parque natural regional de Córcega, querida y votada por la Colectividad Territorial de Córcega, por los dos Consejos Generales, por ciento cuarenta y cinco municipios y sus reagrupaciones, es la expresión de un proyecto y de una ambición común propuesta a todos los socios y protagonistas del territorio.

El Sindicato Mixto del Parque tiene por objeto principal hacer vivir este proyecto con sus socios, de animar la coherencia de las intervenciones para que conservación del Medio ambiente, creación de riquezas y empleo, vida cultural y social, se inscriban en una sola y mismo planteamiento donde el lugar del hombre es preponderante.

Los objetivos de la Carta:

Preservar un patrimonio natural, cultural y paisajista de gran
calidad, garantiza de un desarrollo sostenible

Proteger y administrar la naturaleza

Preservar los paisajes, el armazón tradicional y el marco de vida

Garantizar la protección reglamentaria o contractual del paisaje

Revitalizar el espacio rural

Impulsar un desarrollo respetuoso del medio ambiente estimular las
capacidades de autodesarrollo del territorio

Acoger, informar y sensibilizar

Acoger los visitantes

Sensibilizar a los problemas de medio ambiente



Francisco Javier López Sastre
Asesor del Sr. Presidente de APN
flsastre@apn.gov.ar

Acuerdo y Convenio marco, 7 de Marzo de 2007

ACTA ACUERDO Y CONVENIO MARCO DE
LOS MUNICIPIOS INTEGRANTES DEL
CORREDOR BIOCOMECHINGONES


VISTO

Los avances producidos en el desarrollo del proyecto del Corredor BIOCOMECHINGONES, ubicado geográficamente en el extremo NE de la provincia de San Luis y


CONSIDERANDO

Que el mismo se iniciara en el año 2002 como un incipiente proceso de integración territorial con el propósito fundamental de preservar el ambiente y la naturaleza y que actualmente incluye a las municipalidades de Carpintería, Cortaderas, Los Molles, Papagayos, Villa del Carmen (que se incorporase en el año 2004), Villa de Merlo y Villa Larca,

Que desde los orígenes del mismo se han producido diversos hechos que permiten calificarlo actualmente como de alto interés para el desarrollo sustentable de los territorios y comunidades que el Corredor abarca,

Que entre ellos es necesario mencionar las principales definiciones que en tal sentido se han producido

Que en primer lugar debe resaltarse la suscripción por parte de los señores Intendentes y Comisionados Municipales de las localidades de Carpintería, Cortaderas, Los Molles, Papagayos, Villa de Merlo y Villa Larca de un Convenio Intermunicipal para el Establecimiento de un Cordón Biológico en el faldeo Oeste de la Sierra de los Comechingones, Provincia de San Luis, cuya firma se llevó a cabo el día 21 de abril de 2003 y cuya copia se adjunta como Anexo I de la presente

Que merece destacarse el interés y apoyo expresado por las autoridades del Gobierno Provincial, en particular por los Ministerios de Medio Ambiente y de Turismo, Cultura y Deporte y por el Área de Relaciones y Asuntos Municipales, lo que formalmente se produjera a partir de la presentación efectuada al Sr. Gobernador en agosto de 2005 por los señores intendentes y comisionados municipales y que diera origen a la conformación del Expediente CAR – 0652 – 2005 – 1315.

Que en tal sentido también es necesario mencionar la coincidencia territorial existente entre el Corredor y la Subregión de los Comechingones, definida en 2004 por el Gobierno Provincial al iniciar un proceso de regionalización, lo que implica toda una definición de similitud no sólo de superficies sino también de intereses y necesidades.

Que se encuentra vigente la Ley provincial Nº IX-0332-2004 de creación del Parque Provincial Presidente Perón, cuya superficie en buena medida es coincidente con la del Corredor Biocomechingones y en otros casos cubre espacios no alcanzados por las áreas municipales pero que también conviene preservar y que, a su vez, los propósitos de la Ley mencionada resultan en buena medida coincidentes con los determinados por el Corredor

Que también resulta imprescindible destacar el interés y deseo de colaboración expresado por las autoridades del Gobierno Nacional, en particular por la Secretaría de Turismo de la Nación, la que a partir de la presentación efectuada ante el Sr. Secretario de Turismo de la Nación y funcionarios del área, el 22 de Noviembre de 2005, lo ha calificado como un proyecto “de avanzada y excelencia y digno de ser replicado en otras regiones del país”.

Que a ese nivel existe otra fuerte coincidencia que resulta imprescindible de ser destacada y que se produce a partir del Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable 2005-2016, que define y establece, con la categoría de Prioridad 1, al allí denominado Corredor Comechingones, lo que implica además una serie de apoyos nacionales que colaboran al avance del proyecto.

Que en su momento también manifestó su interés en el proyecto la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.

Que la Administración de Parques Nacionales ha apoyado desde un comienzo el proyecto por hallarse en consonancia con su política de incrementar la superficie de áreas que resultan merecedoras de ser protegidas por sus valores naturales, culturales y paisajísticas.

Que esa definición se incluye dentro del programa del Sistema Federal de Reservas Naturales de esa Administración que no incluye su intervención jurisdiccional pero si una tarea de apoyo y monitoreo técnico - científico como surge del Convenio oportunamente firmado el 29 de abril de 2004 por el Sr. Presidente de dicha entidad y los señores intendentes y comisionados municipales del Corredor y en presencia de la Sra. Vicegobernadora de la provincia de San Luis.

Que en este marco y merced al Convenio firmado por esa Administración y la Federación de Parques Naturales Regionales de Francia el 16 de Octubre de 2004 se ha establecido una fuerte corriente de apoyo entre esa entidad y el Corredor Biocomechingones.

Que además y como consecuencia de ello, se ha derivado, por las similitudes e interés, en la estrecha colaboración del Parque Natural Regional del Vercors, ubicado en los departamentos de Isêre y Drôme pertenecientes a la Region (equivalente a provincia para la Argentina y segunda en importancia de su país) de Rhône Alpes de Francia.

Que en función de dicha relación se han producido una serie de misiones e intercambios entre funcionarios políticos y técnicos lo que colabora fuertemente al desarrollo del proyecto.

Que contando Francia con una experiencia de cuatro décadas en este tipo de estructuras que proponen la “conservación activa” del medio ambiente, ello resulta una colaboración fundamental para el proyecto.

Que teniendo en cuenta ello resulta inteligente considerar sus buenas prácticas y aplicarlas, adaptadas a nuestras características y objetivos, optimizando la gestión para el desarrollo sustentable de las comunidades y territorios del corredor Biocomechingones.

Que desde Francia también se presta una inestimable colaboración en lo vinculado con el funcionamiento de la figura denominada “intermunicipalidad”, cuestión de alta importancia político - administrativa para el equilibrado funcionamiento del proyecto y en la que aquél país cuenta con un siglo de experiencia.

Que en ese marco de colaboración también se cuenta con el apoyo del Instituto de Altos Estudios para la América Latina con sede en Paris, cuyos más altos integrantes han visitado el Corredor Biocomechingones, interesándose y apoyando el proyecto.

Que estos intercambios se realizan en base al sistema de cooperación descentralizada con el que Francia colabora y que por esa característica permite hacerlo de manera práctica y ágil “de territorio a territorio”.

Que también es muy importante destacar que los funcionarios franceses responsables de esta colaboración han privilegiado y privilegian, frente a otras solicitudes y posibilidades planteadas por otros proyectos de integración existentes en nuestro país, al que se viene desarrollando en el área de la sierra de los Comechingones, en la Provincia de San Luis.

Que en función de todos los contactos, apoyos y calificaciones mencionadas queda claro el alcance superador y la futura proyección que contiene el proyecto del Corredor Biocomechingones no sólo a nivel provincial, sino también a nivel nacional e internacional.

Que por sus bondades y objetivos el proyecto no sólo tiende a la preservación de los patrimonios naturales, culturales y paisajísticos de la región, sino también a mejorar y respaldar a través de la puesta en marcha de una marca local - regional, la oferta de los productos y servicios de la región que cumplan adecuadamente con los requisitos correspondientes.

Que la tarea se realiza con una visión local - regional y en base a una administración con características de amplia y participativa gestión democrática.

Que por lo expresado es dable esperar que, realizando los avances y gestiones adecuadas, los apoyos y colaboraciones podrán multiplicarse facilitando inclusive la obtención de financiamiento de origen nacional e internacional para un más eficiente alcance de la metas propuestas.

Que el proceso en avance permitirá, manteniendo y reforzando cada localidad su propia impronta cultural, el ofrecer una imagen conjunta de las comunidades de la región, lo que implica una estrategia que facilita la comunicación y explotación de la oferta, lo que está probado es una fuerte herramienta en favor de sus integrantes.

Que en los últimos meses del año 2006 se han producido nuevos avances de importancia en el proyecto.

Que los mismos han incluído de una Misión del Corredor Biocomechingones a Francia y dos de ese país (una vinculada al tema intermunicipalidades y otra de la Region Rhône Alpes y del Parc du Vercors) al Corredor.

Que para sintetizar y no transcribir íntegramente todo ello, ese detalle puede encontrarse (junto con un completo relato cronológico de lo producido desde el año 2002 en el documento “EVOLUCIÓN DEL PROYECTO” elaborado en enero de 2007 y que se agrega como Anexo II a este Acta Acuerdo y Convenio Marco).

Que como resultado de ello y a propuesta de la Delegación de Francia en diciembre de 2006, se designó un coordinador local del proyecto y el Ministerio de Ambiente de la Provincia de San Luis designó un representante ante el Corredor.

Que con fecha 24 de enero de 2007 se realizó una nueva reunión de Intendentes y Comisionados Municipales del Corredor, a la que asistieron además legisladores provinciales, concejales de Villa de Merlo y funcionarios provinciales de los Ministerios de Medio Ambiente y Turismo, Cultura y Deporte.

Que dicha reunión alcanzó la mencionada participación con la visión de establecer los necesarios procesos de integración y consenso que, entre los distintos estamentos de responsabilidad pública, requiere la evolución del proyecto en las actuales circunstancias.

Que en base a ello se han determinado como prioritarios temas vinculados a la cuestión institucional tales como: dotar al Comité Político, integrado por los señores Intendentes y Comisionados Municipales, de las herramientas de organización política, institucional y administrativa necesarias y disponer de un financiamiento mínimo a ser aportado por los municipios participantes para llevar adelante las tareas necesariamente inmediatas.

Que en definitiva han quedado establecidos como temas de inmediato desarrollo y concreción en el corto plazo (año 2007) los siguientes: Marco Institucional - Jurisdiccional - Legal de la estructura Intermunicipal necesaria, Coordinación - Secretaría Técnica, Sensibilización - Participación de la Comunidad (política de comunicación), Legislación, Definición de Roles de otros participantes, Elaboración de la Carta Compromiso Definitiva.

Que con similar criterio y en la misma reunión se acordó avanzar, también en el corto plazo, con la formulación de programas vinculados a lo territorial y que son los siguientes: Señalización, Senderos y Alojamiento Rural, Marca Regional, Zonas de Reservas - Planes de Manejo – Protectores, Planeamiento Territorial, Relevamiento de la Oferta y Desarrollo Turístico.

Que en esa oportunidad también se confirmó la próxima visita y estadía (desde marzo hasta julio de 2007) de una MASTER en Estudios de las Sociedades de América Latina y Europa egresada del Instituto de Altos Estudios para América Latina con sede en Paris, Diplomada además en Ciencias Políticas en el Instituto de Lille y con experiencia de tareas similares desarrolladas anteriormente en nuestro país, incluyendo su labor en la Universidad Nacional de Cuyo - Facultad de Ciencias Políticas y Sociales - Mendoza.

Que la tarea a desarrollar por nuestra próxima visitante significará un fuerte apoyo a la necesaria consolidación e integración político - administrativa del proyecto.

Que en este punto de avance del proyecto, iniciado con anterioridad al actual período de gestión de cada una de las autoridades comunales, los señores Intendentes y Comisionados Municipales de las localidades integrantes del Proyecto consideran sustancial otorgar un fuerte y definitivo impulso al proyecto.

Que con ello y confirmando sus objetivos a favor del desarrollo sustentable de sus territorios y comunidades, procuran garantizar que, en un corto plazo, se defina detalladamente el marco institucional y la planificación definitiva del proyecto en todos sus aspectos, asegurando su perdurabilidad y los valiosos resultados que, sin dudas, del mismo caben esperar


POR TODO ELLO

Los señores Intendentes y Comisionados Municipales de Carpintería, Cortaderas, Los Molles, Papagayos, Villa del Carmen, Villa de Merlo y Villa Larca, conformados en COMITÉ POLÍTICO INTERMUNICIPAL DEL CORREDOR BIOCOMECHINGONES, deciden suscribir el siguiente

ACTA ACUERDO Y CONVENIO INTERMUNICIPAL


CAPÍTULO I: DEFINICIONES Y PRINCIPIOS:

Art. 1º) Definir como de alta prioridad y de imprescindible perdurabilidad en el tiempo el desarrollo del denominado Proyecto Corredor Biocomechingones, por lo que el mismo implica en sus objetivos y por lo que puede, aún en mayor grado, resultar en la práctica en beneficio de la calidad de vida de las comunidades locales actuales y de las futuras generaciones de los habitantes del territorio.

Art. 2º) Por ello se confirma expresamente la voluntad política común de los municipios integrantes del Corredor Biocomechingones de avanzar en el proyecto sobre la base de los objetivos que se determinan.

Art. 3º) Lo expresado ratifica la filosofía de solidaridad de los municipios integrantes del Corredor Biocomechingones en el sentido que ello implica una formalización esencial en las actuales circunstancias de evolución del proyecto.

Art. 4º) Se afirma, como principio político sustancial, que resulta posible adecuar la administración del proyecto a las necesidades de un modelo actualizado y de labor conjunta, manteniendo las identidades municipales y contribuyendo así a una “descentralización controlada”.

Art. 5º) Ratificar entonces la fuerte raíz local y regional del Proyecto por lo que las determinaciones que requiera para su desarrollo son responsabilidad de las autoridades locales en representación de sus vecinos. Ello siempre en el marco de su propia autonomía y respetando las limitaciones legales y jurisdiccionales provinciales y nacionales que pudieran corresponder.

Art. 6º) En base a lo anteriormente expresado se impone reconocer como propio y de uso obligado el isologo del Corredor Biocomechingones que se adjunta como Anexo III al presente Acta Acuerdo y Convenio Marco.

Art. 7º) Definir la obligatoriedad de conducir el proyecto sobre la base del consenso permanente en beneficio de las necesidades y conveniencias de los vecinos, superando cualquier tipo de intereses o diferencias, incluidas las eventuales de políticas partidarias, que pudieran existir, en cualquier circunstancia.

Art. 8º) Ratificar que por lo expresado en los artículos anteriores, resulta también prioritario, en la medida de lo posible, contar con la colaboración de técnicos, profesionales y especialistas locales para el desarrollo de las tareas necesarias.

Art. 9º) Dadas las coincidencias señaladas en los considerandos y por obvias razones de autoridad, competencia, jurisdicción, normas legales y toda otra cuestión atinente al proyecto, el desarrollo de las tareas que correspondan se llevarán a cabo con el necesario contacto con todas las áreas del Gobierno Provincial, pertenecientes al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo, que ya han señalado su interés en colaborar y con aquellas que en un futuro así lo definan.

Art. 10º) De igual manera, consolidando la relación establecida se trabajará también en conjunto con áreas del Gobierno Nacional, tales como Secretaría de Turismo de la Nación, Administración de Parques Nacionales y Secretaría de Ambiente y con las que demuestren en el futuro, su deseo de colaborar.

Art. 11º) Mantener, consolidar e incrementar las relaciones con la Federación Nacional de los Parques Naturales Regionales de Francia, con el Parque Natural Regional del Vercors de Francia, con la Región de Rhône Alpes de Francia y con el Instituto de Altos Estudios para América Latina de Francia.

Art. 12º) De igual manera mantener y consolidar las relaciones con el Instituto Monseñor Orzali y la Universidad Nacional de San Luis cuyas estructuras, técnicos y profesionales han prestado y prestan importante colaboración al proyecto.

Art. 13º) En tanto implique mejorar las condiciones de desarrollo del proyecto establecer las convenientes relaciones con otros centros de estudio, entidades no gubernamentales, asociaciones, organismos descentralizados, cooperativas y empresas que, por sus actividades resulten afines al proyecto y sean de reconocida y probada idoneidad y honestidad,.


CAPITULO II: OBJETIVOS

Art. 14º) Ratificar los objetivos declarados en los artículos 1º al 17º inclusive del CONVENIO INTERMUNICIPAL PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN AREA CON UN CORDÓN VERDE DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y DE RECURSOS NATURALES suscripto el 23 abril de 2003.

Art. 15º) Definir en un plazo máximo de 30 días a partir de la fecha del presente, un Plan de Acciones para el año 2007 y las Proyecciones correspondientes a partir de 2008. Dicho plan deberá incluir las necesidades de estructura y financiamiento que el mismo requiera, previendo al menos durante a los primeros seis (6) meses, como posibilidad de financiamiento únicamente el aporte que determinen de inmediato los municipios participantes.

Art. 16º) El Plan de Acciones y de Proyecciones mencionado en el artículo anterior tendrá en cuenta además de los objetivos a que hace referencia el art. 14º del presente y en particular otra serie de prioridades establecidas durante el avance del proyecto, entre las que se destacan las definidas en la reunión del 24 de enero del corriente año y que son:
Pertenecientes al Ámbito Institucional: Marco Institucional - Jurisdiccional - Legal definitivo de la Estructura Intermunicipal necesaria, Coordinación – Secretaría Técnica, Sensibilización - Participación de la Comunidad (política de comunicación), Legislación, Definición de Roles de otros participantes, Elaboración de la Carta Compromiso Definitiva.
Pertenecientes al Ámbito territorial: Señalización, Senderos y Alojamiento Rural, Marca Regional, Zonas de Reservas - Planes de Manejo - Protectores, Planeamiento Territorial, Relevamiento de la Oferta y Desarrollo Turístico.

Art. 17º) A estos Objetivos y al Plan de Acciones y de Proyecciones se podrán incorporar además, los temas que el Comité Político Intermunicipal decida oportunamente.

CAPITULO III: ATRIBUCIONES Y FACULTADES:

A los fines de dar cumplimiento a los objetivos determinados anteriormente y a toda cuestión que favorezca el avance del proyecto

Art. 18º) El Comité Político Intermunicipal del Corredor Biocomechingones se compromete a impulsar definitivamente todas las acciones que resulten necesario para ello,

Ejerciendo coordinadamente las funciones inherentes a la competencia municipal,
Conviniendo con el Gobierno Provincial todo lo necesario que resulte a favor del proyecto,
Celebrando acuerdos con el Gobierno Nacional tendientes al mismo propósito,
Celebrando convenios con centros de estudio, entidades no gubernamentales, asociaciones, organismos descentralizados, cooperativas y empresas que resulten de interés para el proyecto,
Dictando y aprobando los Planes de Acción y Presupuestos necesarios,
Efectuando los aportes dinerarios que se convengan,
Aceptando contribuciones, subsidios, donaciones y todo tipo de aportes que resulten adecuados y convenientes,
Efectuando acciones lícitas tales como la realización de eventos benéficos, rifas, festivales y otras actividades similares para recaudar fondos a ser aplicados al desarrollo del proyecto,
Adquirir o arrendar o contratar bienes y servicios y contraer obligaciones permitidas por las leyes y reglamentaciones vigentes. Este aspecto incluye el operar con cuentas bancarias,
Contratar y/o emplear personal de manera permanente o temporaria que contribuya al efectivo desarrollo del proyecto,
Dar la más amplia difusión al proyecto, sus orígenes, objetivos y avances por los medios que resulten adecuados,
Registrar la marca e isologo Corredor Biocomechingones
Permitir el uso de la marca en las condiciones que en cada caso y cuidadosamente se establezcan.

CAPÍTULO IV: FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN

Para llevar adelante un adecuado proceso de concreción y avance del proyecto

Art. 19º) El Comité Político Intermunicipal del Corredor Biocomechingones:

Realizará reuniones ordinarias de trabajo mensuales, pudiendo efectuarlas con una mayor frecuencia, con el carácter de extraordinarias, cuando las circunstancias así lo hagan necesario y sean convocadas a solicitud de la mitad más uno de los municipios integrantes del Corredor Biocomechingones,
Las reuniones de trabajo serán convocadas con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles y podrán realizarse teniendo validez con la mitad más uno de los intendentes presentes,
En las mismas cada municipio estará representado por su Intendente o Comisionado Municipal en funciones. En el caso que razones de fuerza mayor impidan la asistencia de alguno/s de estas autoridades, la o las que no pudieran concurrir podrán apoderar por nota oficial firmada por la autoridad impedida de asistir, a algún funcionario de su municipalidad,
Las decisiones del Comité Político Intermunicipal del Corredor Biocomechingones tendrán validez únicamente cuando sean asumidas por la mitad más uno del total de las intendencias que compongan el Corredor en reuniones de trabajo ordinarias o extraordinarias,
De cada una de las reuniones de trabajo celebrada se labrará un acta que deberá ser tratada y aprobada en la reunión de trabajo subsiguiente,
Las decisiones que así lo ameriten deberán ser convalidadas por el organismo y/o herramienta legal de cada municipio que resulte necesario,
Los señores intendentes y comisionados municipales definirán a la brevedad y de común acuerdo la Estructura formal del Comité, el Reglamento Interno y toda otra cuestión necesaria para el mejor funcionamiento de la Intermunicipalidad del Corredor Biocomechingones,
El CONVENIO MARCO establecido por este Acta Acuerdo sólo podrá ser modificado en algunas/s de sus cláusulas por acuerdo de las partes que lo suscriben.

CAPÍTULO V: TRANSITORIEDAD

Art. 20º) Los Intendentes e Intendentes Comisionados Municipales integrantes del Comité Político Biocomechingones suscriben el siguiente acuerdo en la fecha que se indica en cada caso y esas firmas tendrán validez siempre que sean anteriores al 27 de marzo de 2007.

Art. 21º) Se invita a la Municipalidad de La Punilla a confirmar por nota, antes de los treinta días (30 días) de la fecha del presente, su incorporación al Corredor Biocomechingones y a su Intendente Comisionado Municipal a incorporarse al Comité Político. Para ello y dentro de los veinte días (20 días) de la fecha del presente se le hará llegar copia de este Acta Acuerdo.


CAPÍTULO VI: COMUNICACIONES

Art. 22º) El presente ACTA ACUERDO Y CONVENIO INTERMUNICIPAL será puesto en conocimiento del Sr. Gobernador de la Provincia de San Luis, de los señores Presidentes de las Cámaras de Senadores y Diputados provinciales, de los señores Legisladores Nacionales de la Provincia de San Luis, del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Villa de Merlo, del Señor Ministro de Medio Ambiente de la Provincia de San Luis y del Señor Ministro de Turismo, Cultura y Deporte de la Provincia de San Luis.

Art. 23º) De igual manera y para su conocimiento, se enviará copia del presente al Señor Secretario de Turismo de la Nación, a la Señora Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, al Sr. Presidente del Directorio de la Administración de Parques Nacionales, al Sr. Presidente de la Federación de los Parques Naturales Regionales de Francia y al Sr. Presidente y al Sr. Director del Parque Natural Regional del Vercors.


CAPITULO VII: CONFORMIDAD

Art. 23º) En prueba de conformidad se firman ocho (8) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.


Corredor Biocomechingones, San Luis, Marzo 07 de 2007

Convenio Intermunicipal, 21 de Abril de 2003

CONVENIO INTERMUNICIPAL PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN CORDÓN BIOLÓGICO EN EL FALDEO OESTE DE LA SIERRA
DE LOS COMECHIGONES, EN LA PROVINCIA DE SAN LUIS

(ÁREA VERDE DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y DE RECURSOS NATURALES)


VISTO:

El aIto interés que han demostrado y expuesto las partes intervinientes en este proyecto, el que viene tratándose de manera conjunta desde tiempo atrás y

CONSIDERANDO:

Que dicho interés se basa especialmente en trabajar fuertemente en el mantenimiento de la calidad de vida de los vecinos de los municipios que más adelante se mencionan;

Que para ello resulta imprescindible llevar adelante e implementar un plan que garantice el sustento de los recursos naturales de la región;

Que la zona en cuestión es base fundamental para el desarrollo turístico de cuyos réditos y de una u otra manera, participan todos sus pobladores;

Que la actividad turística regional se fundamenta especialmente en la oferta natural y cultural del espacio ocupado por los municipios incluidos;

Que para garantizar la sostenibilidad, en cantidad y calidad, de esa oferta resulta indispensable resguardar las características de la misma;

Que el no hacerlo pondría en peligro la misma dado, especialmente, el incesante incremento de la demanda turística que la usufructa y con ello también la principal fuente de recusos sociales y económicos de sus pobladores.

POR TODO ELLO:

Los Señores Intendentes de los Municipios de Villa de Merlo, Carpintería, Los Molles, Cortaderas, Villa Larca y Papagayos, localidades todas ellas de la Provincia de San Luis, deciden

SUSCRIBIR EL SIGUIENTE CONVENIO

con los objetivos que se detallan a continuación:

OBJETIVOS GENERALES:

1º) Cada Municipio establecerá dentro de su respectivo ejido un ÁREA o RESERVA PROTEGIDA con la característica de ÁREA o RESERVA NATURAL MUNICIPAL para conservar las riquezas naturales existentes en los respectivos ecosistemas serranos, piedemontanos y del valle.

2º) Las Áreas y/o Reservas Municipales deberán estar determinadas de manera tal que sus superficies tengan las características geográficas necesarias para establecer una continuidad física entre ellas, de manera tal de que se constituya un CORDÓN BIOLÓGICO O VERDE DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES.

3º) Evitar el deterioro del ambiente natural protegiendo el ecosistema serrano del sistema de los Comechigones y su biodiversidad.

4º) Tendiendo con ello a asegurar una mejor calidad de vida a los vecinos y una mejor calidad de oferta turística a los visitantes.

5º) Conformar una Comisión Intermunicipal de Seguimiento Permanente en Defensa de este Proyecto en particular y de la Protección de los Recursos Naturales en general.


OBJETIVOS SOCIOAMBIENTALES Y TURÍSTICOS:

6º) Estudiar e Investigar la Biodiversidad;

7º) Realizar un Manejo adecuado de los Recursos Naturales;

8º) Llevar adelante una Campaña Sostenida de Concientización referida al Conocimiento y Educación Ambiental dirigida a Pobladores (especialmente dirigida a niños y jóvenes) y Turistas;

9º) Implementar - en ese marco – la Difusión de cuestiones vinculadas con el Manejo del Fuego y del Cuidado de las Nacientes y de los Cursos Hídricos;

10º) Confeccionar Planes de Manejo con el adecuado Soporte Técnico Profesional y el necesario Consenso con Autoridades, Entidades Civiles e Intermedias y Vecinos;

11º) Establecer, en particular y prioritariamente, la Capacidad de Carga de cada Atractivo o Sector, en base a Metodologías Reconocidas Profesionalmente;

12º) Conservar la Calidad de los Suelos y para ello Recategorizar su Uso y Transformar los Senderos Existentes, en general precarios y frágiles en Vías de Comunicación Accesibles y Sostenibles que incluyan Áreas para el Descanso y la Interpretación;

13º) Diseñar y poner en práctica Planes de Comunicación dirigidos a la Demanda Turística basados en mensajes claramente definidos sobre las características de Nuestra Oferta Natural y el Comportamiento que la misma requiere de los Visitantes;

14º) Establecer Políticas de Incentivos tendientes al Desarrollo de Emprendimientos que garanticen interesantes Réditos Económicos a sus titulares sin Afectar la Sustentabilidad de los Recursos Naturales.

15º) Solicitar la concreción del Apoyo Técnico ofrecido por la Administración de Parques Nacionales a su Presidente para el más rápido avance posible en el Proyecto.

16º) Gestionar, una vez determinadas las respectivas Reservas Municipales y el establecimiento del Cordón Verde, las Categorizaciones Provinciales, Nacionales e Internacionales que colaboren a un mejor posicionamiento de la oferta del Producto Turístico ante la Demanda Nacional e Internacional.

17º) Localizar a Nivel Municipal, Regional, Provincial e Internacional y tanto en el Sector Público como en el Sector Privado los Recursos que permitan el Desarrollo de la tarea a emprender.


DISPOSICIONES TRANSITORIAS:

18º) Los Municipios intervinientes deberán sancionar las normas de creación de sus respectivas reservas antes del día 17 de mayo de 2003, al menos en lo que se refiere a sus límites.
19º) Los Municipios intervinientes se obligan también a confeccionar un Plan de Trabajo Integral que contemple todos los aspectos considerados en el presente Convenio, incluyendo también y especialmente, lo atinente a cubrir las necesidades de financiamiento que el mismo requiera y cualquier otra cuestión que las partes entiendan necesario agregar a éste. Para estas cuestiones se determina un plazo máximo que alcanza hasta el día 30 de junio de 2003

20º) Más allá de lo que surge de lo expresado en el artículo anterior, los Municipios se obligan a confeccionar su respectivo Plan de Manejo para las Áreas y/o Reservas, respetando el Planeamiento Urbano de cada Municipio y procurando – como en todos los otros aspectos que forman parte de este convenio o vinculados al mismo – que dichos Planes tengan objetivos y denominadores comunes claramente coincidentes. Los municipios intervinientes se obligan a tener confeccionado y aprobado por sus respectivas autoridades el Plan de Manejo de cada uno de ellos no después del día 30 de octubre de 2003.


Como prueba del CONVENIO acordado se firman 6 ejemplares a los 21 días del mes de abril de 2003, en la Ciudad de Villa de Merlo, Provincia de San Luis.


Siguen firmas de los Señores Intendentes




(COPIA VÁLIDA EXTRAÍDA DE ARCHIVO DIGITAL. RODOLFO RAFFO. COORDINADOR CORREDOR BIOCOMECHINGONES. MARZO DE 2007)